Guia Actualizado 2026

Guia completa de beneficios laborales en Peru 2026

Si trabajas en planilla en Peru, tienes derecho a una serie de beneficios laborales que muchos trabajadores desconocen o no saben calcular correctamente. Esta guia explica cada uno de ellos de forma clara, con los montos vigentes para 2026.

1. Remuneracion Minima Vital (RMV)

La Remuneracion Minima Vital (RMV), comunmente llamada "sueldo minimo", es el pago mensual minimo que un empleador debe abonar a un trabajador a tiempo completo en el Peru. Para 2026, la RMV es de S/ 1,130 mensuales.

Este monto aplica para trabajadores sujetos al regimen laboral general de la actividad privada que laboren al menos 4 horas diarias o 24 horas semanales. Los trabajadores del hogar, agricolas y de otros regimenes especiales pueden tener RMV diferente.

Dato clave 2026

RMV = S/ 1,130 | Jornal minimo diario = S/ 37.67

2. Compensacion por Tiempo de Servicios (CTS)

La CTS es un beneficio social que funciona como fondo de contingencia ante una eventual perdida de empleo. El empleador deposita dos veces al año en una cuenta bancaria a nombre del trabajador, y el dinero genera intereses hasta que sea retirado.

Fechas de deposito

  • Mayo (hasta el 15): por el semestre noviembre - abril
  • Noviembre (hasta el 15): por el semestre mayo - octubre

Como se calcula

La remuneracion computable es la suma del sueldo basico, asignacion familiar (si aplica) y un sexto (1/6) de la ultima gratificacion. Ese total se divide entre 12 y se multiplica por los meses trabajados en el semestre.

CTS = (Sueldo + Asig.Familiar + Grati/6) / 12 × Meses

Los dias de vacaciones gozan, licencias con goce de haber e incapacidades temporales cuentan como dias laborados para el computo de la CTS.

3. Gratificacion (Fiestas Patrias y Navidad)

Los trabajadores del regimen laboral general tienen derecho a dos gratificaciones al ano: una en julio (por Fiestas Patrias) y otra en diciembre (por Navidad). Cada una equivale a un sueldo mensual si se trabajo el semestre completo.

Bonificacion extraordinaria del 9%

Gracias a la Ley 30334 (2015), la gratificacion esta inafecta de aportes al sistema pensionario (ONP o AFP). En lugar de ese descuento, el empleador debe pagar al trabajador una bonificacion extraordinaria del 9%, que equivale al aporte de EsSalud que ya no realiza. Esto significa que el trabajador recibe mas dinero en mano.

Gratificacion base

1 sueldo mensual

+ Bonificacion 9%

9% sobre la gratificacion

4. Vacaciones anuales

Todo trabajador del regimen general tiene derecho a 30 dias calendario de vacaciones remuneradas por cada año completo de servicios. Para ganar el derecho a vacaciones se debe cumplir el "record vacacional": laborar al menos 260 dias en el año si se trabaja de lunes a sabado, o 210 dias si solo se trabaja de lunes a viernes.

Vacaciones truncas

Si el trabajador cesa antes de completar el año para tener derecho a vacaciones, recibe una compensacion economica proporcional a los meses trabajados desde su ultimo record vacacional. Esto se llama vacaciones truncas y se paga en la liquidacion.

Vacaciones no gozadas

Si el trabajador no toma sus vacaciones cuando le corresponde, tiene derecho al pago de la remuneracion por el periodo vacacional mas una indemnizacion equivalente (doble pago). Los empleadores tienen la obligacion de otorgar las vacaciones; no darlas genera responsabilidad.

5. Asignacion familiar

La asignacion familiar es un beneficio adicional que perciben los trabajadores con hijos menores de 18 años (o hasta 24 si estan cursando estudios superiores). Su monto equivale al 10% de la RMV, es decir, S/ 113 en 2026.

Este monto se suma al sueldo basico y tambien forma parte de la remuneracion computable para el calculo de la CTS. Para acceder a este beneficio, el trabajador debe acreditar la existencia del hijo (con la partida de nacimiento o documentos equivalentes).

Requisitos para cobrarla

  • Tener un hijo menor de 18 años (o hasta 24 en estudios superiores)
  • Estar en planilla bajo el regimen laboral general
  • Presentar partida de nacimiento del hijo al empleador

6. EsSalud y seguro de salud

El empleador esta obligado a afiliar al trabajador a EsSalud (Seguro Social de Salud del Peru) y pagar una contribucion mensual equivalente al 9% de la remuneracion del trabajador. Este aporte corre por cuenta del empleador, no se descuenta del sueldo del trabajador.

EsSalud brinda cobertura de salud al trabajador y sus derechohabientes (conyuge e hijos menores de edad). Para activar la cobertura, se requiere un periodo de carencia de 3 meses de aportacion continua, salvo para urgencias.

Algunos empleadores ofrecen adicionalmente un seguro privado de salud (EPS) como beneficio complementario. En ese caso, el empleador puede descontar hasta el 25% del aporte de EsSalud.

7. Sistema de pensiones: ONP y AFP

Todo trabajador en planilla debe estar afiliado a un sistema de pensiones. En Peru existen dos:

ONP (Sistema Nacional)

  • Aporte: 13% del sueldo
  • Administrado por el Estado
  • Pension definida al jubilar (65 años)
  • Requiere minimo 20 años de aporte

AFP (Sistema Privado)

  • Aporte: ~10% + comision + seguro
  • Administrado por empresa privada
  • Cuenta individual de ahorro
  • Mas flexibilidad al retirar

El descuento se aplica sobre la remuneracion mensual y aparece en la boleta de pago. A diferencia del aporte de EsSalud, este si se descuenta del sueldo del trabajador.

8. Liquidacion al cese

Cuando termina la relacion laboral (por renuncia, despido, fin de contrato o mutuo acuerdo), el empleador debe pagar la liquidacion de beneficios sociales dentro de las 48 horas del cese. La liquidacion incluye:

  • CTS trunca: proporcional al ultimo semestre no depositado aun.
  • Gratificacion trunca: proporcional a los meses del semestre en curso.
  • Vacaciones truncas: dias proporcionales pendientes de goce.
  • Indemnizacion por despido arbitrario: 1.5 sueldos por año de servicio (maximo 12 sueldos), solo si el empleador despide sin causa justa.
Calcular mi liquidacion

9. UIT y valores clave 2026

La Unidad Impositiva Tributaria (UIT) es el parametro de referencia para calcular multas, sanciones, deducciones del Impuesto a la Renta y otros conceptos tributarios y laborales en Peru. Para 2026 la UIT es de S/ 5,500.

UIT 2026

S/ 5,500

RMV 2026

S/ 1,130

Asig. Familiar

S/ 113

IGV

18%

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